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[ESTRUCTURA DEL ESTADO]   [SISTEMA JUDICIAL]
[DIVISIÓN ADMINISTRATIVA]   [SISTEMA POLÍTICO]
 

ESTRUCTURA DEL ESTADO

Paraguay es una República de carácter presidencialista, cuya norma fundamental es la Constitución de 1992, que refrendo en el plano jurídico el retorno del país a la senda de la democracia y las libertades políticas, iniciado tras el derrocamiento en 1989 del dictador Alfredo Stroessner.

La Constitución es la ley fundamental de la República, por la cual se rigen todos los organismos estatales; en ella se encuentran especificados los derechos y obligaciones de los ciudadanos, y establece como principios fundamentales la libertad, la igualdad y la justicia, en los cuales está basada la existencia de la patria. Fue sancionada y promulgada por la Convención Nacional Constituyente, el 20 de junio de 1992.

Como se recoge en el texto constitucional, el estado paraguayo está organizado en tres poderes independientes entre sí: legislativo, ejecutivo y judicial. También están recogidos en la norma básica otros organismos estatales de relevancia, como el Defensor del Pueblo, la Contraloría General de la República, y la Banca Central. La nueva Constitución garantiza y favorece un mayor equilibrio entre los poderes del Estado, modificando la larga tradición autoritaria del país.

El poder legislativo es ejercido por el Congreso, compuesto por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, siendo esta última de representación departamental. La Cámara de Senadores se compone de 45 miembros y 30 suplentes, y la Cámara de Diputados de 80, con igual número de suplentes. Sus miembros son elegidos por sufragio universal para un período de cinco años, en comicios coincidentes con los presidenciales.

El poder ejecutivo lo ostenta el Presidente de la República, que es elegido por sufragio universal directo por un período de cinco años, a contar desde el 15 de agosto siguiente a las elecciones. Existe un Vicepresidente de la República, quien, en caso de impedimento o ausencia temporal del Presidente, o de que éste renunciara a su cargo, asumiría sus funciones.

El Presidente y el Vicepresidente deben tener nacionalidad paraguaya natural y tener más de treinta y cinco años de edad. Son elegidos conjunta y directamente por el pueblo por mayoría simple de votos, en comicios generales, y no pueden ser reelegidos en ningún caso. La edad mínima para ejercer el voto es de 18 años. "Son inhábiles para ser candidatos a Presidente de la República o Vicepresidente: … los miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas de la Nación y los de la Policía Nacional, salvo que hubieran pasado a retiro un año antes, por lo menos, del día de los comicios generales; …" (Art. 235 de la Constitución).

Los ministros del gobierno ejercen la dirección y gestión de los negocios públicos. Anualmente deben presentar al Presidente una memoria de su gestión, la cual será puesta en conocimiento del Congreso.

Otros organismos del Estado son el Defensor del Pueblo, que es un comisionado parlamentario nombrado por el Congreso para la defensa de los derechos humanos, canalización de reclamos populares y protección de intereses comunitarios; La Contraloría General de la República, órgano de control de las actividades económicas y financieras del Estado, de los Departamentos y las Municipalidades, y la Banca Central del Estado, organismo técnico encargado de la emisión monetaria conforme a los objetivos de la política económica del Gobierno.

Fuentes: www.enciclonet.com (© Micronet)
Enciclopedia Encarta 99 (© Microsoft)
 

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